LGD

(antigua LISMI)

Ley de Integración Social del Minusválido 13/1982, del 7 de Abril (LISMI)

Ley de medidas alternativas (año 2000)

Real Decreto 364/2005 de medidas sustitutorias.

Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre

Ley General de Discapacidad (LGD) (Antigua LISMI)

¿Cómo pueden ayudar las Empresas?

Pueden hacerlo a través del cumplimiento de las leyes citadas que atienden a la siguiente:

FINALIDAD: Integración de las personas con discapacidad al mercado laboral.

LGD = POR CADA 50 TRABAJADORES 1 PERSONA CON DISCAPACIDAD

Aunque esta forma de cumplir la Ley sería la ideal para todos, entendemos que a veces no es fácil cumplir con este 2%; dónde y cómo seleccionar al personal, qué puesto pueden ocupar, cómo adaptar las instalaciones, etc.

MEDIDAS SUSTITUTORIAS Y/O ALTERNATIVAS:

En el año 2000, con el objetivo de facilitar a las empresas el cumplimiento de esta obligación, se establecieron una serie de medidas sustitutorias y/o alternativas para su cumplimiento. Son una opción de CARÁCTER EXCEPCIONAL que ofrece la Ley para hacer frente total o parcialmente a esta obligación a través de otras opciones reguladas en el Real Decreto 364/2005.

Donaciones monetarias.

Donación a Fundación Trébol

Contratar servicios o suministros con un Centro Especial de Empleo (C.E.E.) como es TREBOLJARDIN

Donaciones y/o Contratar servicios con un C.E.E. = Cumplir la LGD

Las empresas deberán solicitar a los servicios públicos de empleo competentes la DECLARACIÓN DE EXCEPCIONALIDAD con carácter previo a la adopción de las medidas alternativas reguladas en este real decreto.

TREBOLJARDIN colabora y ayuda en la tramitación de los procesos administrativos, certificados de excepcionalidad y medidas alternativas para su cumplimiento.

¿Cuándo se obtiene el certificado de excepcionalidad?

  • Cuando los Servicios Públicos de Empleo no pueden atender las ofertas de empleo para trabajadores con discapacidad presentadas por la empresa o bien sean estos los que renuncien a esta oferta.
  • Cuando las empresas acreditan la existencia de razones organizativas, productivas, técnicas o económicas que dificultan seriamente la incorporación de personas con discapacidad a sus plantillas.

Te ayudamos a cumplir la Ley y a participar de forma activa en la integración de este estupendo colectivo